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Crónica
12/05/2026
La Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI) manifestó su rechazo categórico a la indicación sustitutiva presentada por el Ejecutivo al artículo 8 del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, que reemplaza el nuevo artículo 71 T de la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual y crea el denominado Fondo de Promoción y Protección de la Propiedad Intelectual.
Según la entidad, lejos de corregir los problemas advertidos por los titulares de derechos, la indicación los profundiza: amplía la excepción para incorporar expresamente el "entrenamiento, desarrollo o despliegue de modelos de inteligencia artificial", debilita el estándar de licitud aplicable y sustituye el mecanismo natural de compensación —el licenciamiento— por un fondo público de fomento que, a juicio del gremio, no constituye indemnización.
ARCHI subrayó que la radio nacional también es contenido protegido por la Ley 17.336 y que actualmente es objeto de entrenamiento en la explotación de los sistemas de inteligencia artificial. La programación periodística, la locución, las columnas, las identidades sonoras, los archivos históricos y la curatoría musical alimentan hoy los modelos generativos de audio, los sistemas de síntesis y clonación de voz, los modelos de generación musical y los modelos de lenguaje que se entrenan con periodismo radial.
"La excepción no afecta solo al sector editorial, sino de modo directo y económicamente significativo al trabajo creativo de las radioemisoras nacionales", advirtió la asociación.
La entidad recordó que agrupa a más de 1.200 radioemisoras a lo largo de las regiones del país, en su inmensa mayoría pequeñas empresas de capital familiar y, con frecuencia, el único medio de comunicación de proximidad en su zona. La radio local —recalcó— crea identidad cultural.
"La indicación habilita a corporaciones tecnológicas globales para apropiarse del trabajo creativo de empresas familiares regionales, sin autorización, sin licencia y sin pago", denunció ARCHI.
Para la asociación, lo anterior configura una expropiación regulatoria de los derechos de autor garantizados por los numerales 24 y 25 del artículo 19 de la Constitución, figura que solo puede operar previo pago de la indemnización por el daño efectivamente causado. El Fondo creado por la indicación, sostienen, no satisface ese estándar bajo ninguna lectura razonable, por tres razones de fondo.
En primer lugar, sus recursos no provienen de las empresas beneficiarias de la excepción, sino del Tesoro Público y de la Ley de Presupuestos: "el lucro queda en las plataformas, el costo lo soportan todos los contribuyentes". En segundo término, su destino no es reparar a los titulares afectados, sino financiar actividades genéricas de difusión, registro, estudios e investigaciones sobre propiedad intelectual. Y en tercer lugar, su comité administrador no contempla representación alguna de los titulares de derechos, ni asigna recursos al sector radiodifusor con criterio objetivo alguno.
"Creemos que esta no es una forma de indemnizar en una expropiación de esta naturaleza. Los fondos públicos para reflexionar sobre la obra creativa de miles de radiodifusores no es indemnización ni retribución justa", enfatizó la asociación.
ARCHI solicitó al Congreso Nacional rechazar tanto el contenido del artículo 8 original como el de la indicación, y establecer en su reemplazo un sistema de limitación del daño, con derecho a indemnización real y opción de retiro. Asimismo, pidió abrir un espacio formal de diálogo antes de cualquier decisión que habilite el uso de obras protegidas para el entrenamiento de sistemas de inteligencia artificial.
"El derecho de autor de la radio chilena no es un tecnicismo, sino una protección mínima del contenido de credibilidad, pluralismo informativo, fomento de la participación política local, y de la identidad cultural y musical que ella sostiene en cada rincón del país", concluyó el gremio.